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Descubre cómo obtener la Nacionalidad Española por Residencia en 2024.

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Raquel Carmona Flaquer

Abogada especialista en Derecho de Extranjería y Derecho Mercantil

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Tabla de Contenidos

La obtención de la nacionalidad española por residencia es un proceso fundamental para aquellos extranjeros que deseen convertirse en ciudadanos españoles. A través de este trámite, todos aquellos quienes hayan residido de forma legal en España durante un período determinado pueden solicitar y adquirir la nacionalidad española.

¿Qué es la Nacionalidad por Residencia?

La Nacionalidad Española por Residencia es una vía de adquisición de la ciudadanía española contemplada en el Código Civil español. A través de este proceso, los extranjeros que han residido legalmente en España durante un cierto tiempo pueden solicitar la nacionalidad española. Este es el método más común para obtener la nacionalidad española y es utilizado por la mayoría de los extranjeros que residen en el país, cumpliendo con requisitos como la residencia legal previa, buena conducta cívica e integración.

Normativa

La adquisición de la Nacionalidad por Residencia está regulada principalmente en el artículo 22 del Código Civil Español. Además, en el año 2015 se aprobó el Real Decreto 1004/2015, el cual estableció el Reglamento regulador del procedimiento de adquisición de la nacionalidad española por residencia. Es importante tener en cuenta la Orden JUS/696/2015 de 16 de abril, la cual matiza aspectos importantes del Reglamento anterior.

Supuestos. Tiempo necesario de residencia legal para adquirir la nacionalidad española por residencia

Para adquirir la nacionalidad española por residencia, el solicitante extranjero debe haber residido legalmente en España de forma continuada durante al menos 10 años antes de la solicitud. Sin embargo, existen varios supuestos en los que este plazo de 10 años se puede reducir, como por ejemplo:

Cinco años de residencia legal: para la concesión de la nacionalidad española a refugiados.
Dos años: para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, o personas de origen sefardí.
Un año: para varios casos especiales, como nacidos en territorio español, personas no inscritas en su momento, cónyuges de españoles, viudos de españoles, descendientes de españoles, sefardíes, refugiados, entre otros.

Requisitos para adquirir la nacionalidad Española por Residencia

Los requisitos fundamentales para obtener la nacionalidad española por residencia son:

1. Residencia continua en España previa a la solicitud.
2. Buena conducta cívica.
3. Integración.
4. Ausencia de antecedentes penales.
5. Documentación vigente.

Procedimiento de solicitud de Nacionalidad Española por Residencia

El proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia implica la realización de dos exámenes: el DELE y el CCSE, sobre conocimientos constitucionales y socioculturales de España. Ambas pruebas son presenciales y administradas por el Instituto Cervantes.

El examen DELE, administrado por el Instituto Cervantes, otorga un título oficial que certifica el dominio del idioma español. Este examen es obligatorio para solicitantes mayores de dieciocho años, excluyendo a ciudadanos de ciertos países latinoamericanos. Aquellos que deseen la nacionalidad española por residencia deben superarlo, a menos que estén exentos por su nacionalidad principal, en cuyo caso deben presentar documentación adicional.

El DELE A2 consta de cuatro pruebas, y su validez es permanente. En 2024, su costo es de 134 euros.

Por otro lado, el examen CCSE evalúa el conocimiento constitucional y sociocultural de España, siendo también requerido para la solicitud de nacionalidad por residencia. Con convocatorias mensuales (excepto en agosto y diciembre), este examen consta de 25 preguntas de verdadero o falso y de selección múltiple, con un costo de 85 euros y una validez de cuatro años para el certificado Apto.

Existen excepciones para ciertos grupos, como personas con discapacidad, analfabetismo o dificultades de aprendizaje, quienes pueden solicitar dispensa previa al Ministerio de Justicia. Asimismo, aquellos con Educación Secundaria Obligatoria en España están exentos, al igual que menores de dieciocho años y personas con capacidad modificada judicialmente, quienes deben presentar certificados correspondientes.

La matriculación para ambos exámenes se realiza a través de la plataforma del Instituto Cervantes, donde los solicitantes pueden crear un perfil y acceder a información sobre convocatorias y centros habilitados para realizar la matrícula.

Una vez superados los exámenes, se pueden presentar los documentos necesarios para la solicitud de nacionalidad española por residencia a través de diferentes vías, como el Registro Público, correo postal, o de forma telemática.

Presentación de la solicitud de nacionalidad Española por Residencia

La solicitud de nacionalidad por residencia puede ser presentada por el interesado emancipado o mayor de dieciocho años, siempre acompañado de la documentación requerida como certificados de nacimiento, antecedentes penales, empadronamiento, tarjeta de residencia, entre otros. También es posible presentar la solicitud a través de un representante voluntario, como un abogado.

  1. Utilizando el Registro Público, que incluye el Registro Electrónico Común y el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
  2. Enviando la solicitud por correo postal.
  3. A través de plataformas autorizadas por entidades como Colegios de Abogados, Graduados Sociales y Procuradores, que tengan convenios para la presentación electrónica de la solicitud.
  4. Realizando la solicitud de forma telemática mediante la plataforma electrónica del Ministerio de Justicia, utilizando un Certificado Digital.

Documentos y Tasas para la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia

Para solicitar la nacionalidad española por residencia, se requiere la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud normalizado.
  • Certificados de nacimiento y antecedentes penales del país de origen, legalizados y traducidos según convenios internacionales.
  • Copia del pasaporte válido.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Copia de la tarjeta de residencia o del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, si corresponde.
  • Certificado Apto del CCSE y/o DELE, si aplicable.
  • Tasa de 104,05€ (en 2024) abonada correctamente.

Documentación Específica para Distintos Casos

  • Nacidos en Territorio Español:
    • Certificado de nacimiento emitido en el Registro Civil español.
  • Quienes no han Optado Oportunamente:
    • Documentación que demuestre la inclusión en uno de los supuestos del artículo 20.1 del Código Civil.
  • Personas en Régimen de Tutela, Guarda o Acogimiento:
    • Acogimiento Familiar: Auto del Tribunal competente designando al tutor, guardián o acogedor.
    • Acogimiento por Institución: Resolución de la institución que asume la tutela, guarda o acogimiento.
  • Casado/a con Español/a:
    • Certificación literal de nacimiento del cónyuge español, expedido por el Registro Civil español.
    • Certificación literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español.
    • Certificado de convivencia o empadronamiento conjunto con el cónyuge.
  • Viuda/o de Ciudadano Español:
    • Certificación literal de nacimiento del cónyuge expedido por el Registro Civil español.
    • Certificación de matrimonio expedido por el Registro Civil español actualizado.
    • Certificación de defunción del cónyuge.
    • Certificado de empadronamiento conjunto o convivencia a la fecha de fallecimiento del cónyuge.
  • Descendiente de Español:
    • Certificación literal de nacimiento del padre/madre español.
    • Certificado literal de nacimiento del abuelo/abuela español. Además, se requerirá el certificado de nacimiento del padre o la madre descendiente de español, independientemente de su nacionalidad.
  • Sefardíes:
    • Documentación conforme a la Instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado.
  • Refugiados y Apátridas:
    • Documentación expedida por el Ministerio del Interior que acredite esta condición, la cual puede sustituir a la partida de nacimiento, al certificado de antecedentes penales y al pasaporte en caso de no tenerlos.

La documentación debe estar vigente, considerando el plazo de validez indicado en cada documento.

Estado del Expediente de Nacionalidad Española por Residencia

Una vez presentada la solicitud, se puede hacer un seguimiento del estado del expediente, el cual puede consultar a través de la plataforma «¿Cómo va lo mío?». Los diferentes estados del expediente incluyen la resolución y notificación de la solicitud de nacionalidad española por residencia >> la jura de la nacionalidad española >> la inscripción de nacimiento >>y la gestión de DNI y pasaporte español.

Denegación de la Nacionalidad Española por Residencia

En caso de que la solicitud de nacionalidad sea denegada, se pueden interponer recursos como el Recurso Potestativo de Reposición ante el Ministerio de Justicia, o el Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional. Es importante estar al tanto de los plazos y documentación necesaria para cada recurso.

La adquisición de la nacionalidad española por residencia es un proceso detallado que requiere cumplir con requisitos específicos y seguir una serie de pasos. A través de este procedimiento, los extranjeros pueden obtener la ciudadanía española y disfrutar de los derechos y deberes que ello conlleva. Si estás interesado en obtener la nacionalidad española por residencia, es fundamental informarte adecuadamente sobre el proceso y los requisitos necesarios. ¡Buena suerte!

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Raquel Carmona Flaquer

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