¿Es viable presentar una queja por la conducta de un Consulado?
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español (MAEC), España cuenta con una extensa red consular que está bajo la supervisión de dicho ministerio. Esta red incluye aproximadamente 200 Oficinas Consulares y Secciones Consulares de Embajadas, así como alrededor de 500 consulados y Viceconsulados Honorarios.
El MAEC destaca que los Consulados en el extranjero son centros encargados de brindar una variedad de servicios jurídico-administrativos con el objetivo de surtir efecto y validez en España, facilitando así la relación de ciudadanos españoles o extranjeros conectados de alguna manera con España. Estos servicios se prestan siguiendo la legislación española y cumpliendo con los requisitos establecidos por la misma.
Entre las responsabilidades de los Consulados, el MAEC menciona la prestación de servicios de Registro Civil, notariales, legalización de documentos, así como la remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
En los últimos meses, hemos recibido numerosas quejas sobre ciertos comportamientos por parte de funcionarios consulares, tanto durante la atención al público como en la realización de trámites administrativos. Algunos ejemplos de casos que hemos verificado incluyen denegaciones sin una fundamentación jurídica clara, falta de respeto a las normas administrativas en el proceso de tramitación de visados y programación de citas para familiares de comunitarios con meses de antelación.
Conforme a las leyes españolas, toda resolución adoptada por un órgano administrativo español debe estar debidamente fundamentada y motivada de manera explícita. La ausencia de motivación en las resoluciones de nuestros consulados es una práctica común, limitándose a enumerar los motivos de denegación sin explicar el porqué de los mismos.
En algunos casos, se deniega un visado por un motivo específico, y al interponer el correspondiente recurso, se vuelve a denegar por otro motivo diferente, generando una indefensión al solicitante. La resolución del recurso debe ser coherente con la primera resolución dictada por el Consulado.
Casos más graves incluyen la negativa de los funcionarios a admitir ciertos documentos en respuesta a requerimientos. Hemos constatado cómo se eliminan documentos de nuestros escritos que el funcionario considera inoportunos en el momento de la presentación, lo cual es sumamente grave. Si presentamos un recurso, el funcionario encargado no debería tener la facultad de eliminar documentos; es decir, debería aceptar y registrar todos los documentos que presentemos.
Por lo tanto, si crees que te encuentras en alguna de estas situaciones o consideras que has recibido un trato indigno o incorrecto, puedes dirigir tu queja por escrito a: Director General de Asuntos Consulares y Migratorios, Calle Ruiz de Alarcón número 5, 28071, Madrid.